La sustentabilidad en la Ley Ambiental es una nueva y obligada concepción del derecho, que al emerger de la interrelación normativa de la ecología y la actividad cultural del hombre; se nutre de múltiple relación científica y disciplina, al mismo tiempo que complementa, reúne y relaciona las diferentes ramas del derecho que tienen que ver con la naturaleza y los recursos naturales, de ahí su característica que la hace de orden público, porque sus normas persiguen el interés colectivo y están orientadas al bien común y específicamente a la preservación de la naturaleza y del medio ambiente, con ella la seguridad de existencia de los recursos naturales.