El altruismo, al que Nagel (1937) ve como cualquier conducta motivada por la creencia de que alguien más se beneficiará o evitará un perjuicio a causa de ella, no debe encontrar su justificación en el interés propio o los sentimientos de simpatía y benevolencia. Más que depender de los deseos, ha de fundarse en aspectos formales de la razón práctica, y verse, en consecuencia, como una exigencia de cualquier ser racional. Por ello, el altruismo no es una condición meramente cultural adquirida durante la educación, como podría suponerse, sino que se sustenta en razones internas inherentes, en cierto sentido, a la naturaleza humana