El sistema de justicia penal mexicano contempla, desde 2014, un modelo mixto de responsabilidad penal de las personas jurídicas. Por un lado, el Código Nacional de Procedimientos Penales -reformado en 2016-, se decanta por un esquema de responsabilidad penal autónoma de las empresas, por el otro, algunos códigos penales, como el de la Ciudad de mexica, parecen adherirse al modelo vicarial, también conocido como de transferencia. Al momento de escribir estas líneas, siete estados de la Republica han reformado el apartado de autoría y participación de sus códigos penales para implementar el cambio de sujeto, incorporando en este a las personas jurídicas colectivas: Ciudad de México, Yucatán, Quintana Roo, Jalisco, Estado de México, Veracruz y Tabasco. A estos se suma el Código Penal Federal