Es un regodeo en la presente ocasión, escribir sobre tópicos relacionados con los juicios orales, ahora en las materias civil y mercantil. Según se ha descrito, la disposición de establecer la pertinencia de los juicios orales en México, nos inclina a la suposición de contar con leyes procesales debida y adecuadamente redactadas, con conocimiento genético y teleológico por parte del legislador de su tarea y que antes del inicio de su vigencia no tenga por qué reformarse.