Cómo conciliar una compensación económica y daños extrapatrimoniales. Cómo cuantificar el dolor, la aflicción de espíritu ante la pérdida de un hijo a consecuencia de una conducta ilícita por parte de terceros. No cabe duda, que tales interrogantes deberían ser contestadas de manera negativa; y por el contrario, dejar que el tiempo y el duelo sean curas para los dolores y aflicciones. Éstas son las paradojas que nos lleva el daño moral, el cual constituye una lesión o menoscabo a intereses jurídicos, a facultades de actuar en la esfera de actuar propia del afectado; y que de acuerdo a la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, se actualiza en tres supuestos: daños al honor, daños estéticos y daños a los sentimientos.