La hipótesis e hilo conductor de la presente obra, se desarrolla dentro del contexto que para la evaluación de la labor del juzgador en materia penal oral otorga la operación del sistema acusatorio y oral que en nuestro país se deriva tanto de la reforma constitucional en materia de seguridad y justicia del año 2008, como del contenido normativo del Código Nacional de Procedimientos Penales (cnpp), pues se afirma que dado el gran cambio que representa para todos los operadores, transitar de un sistema inquisitivo-mixto hacia otro de corte acusatorio y oral, el perfil del juzgador en materia penal oral no podía quedar ajeno a esta situación, pues dicha figura y bajo la óptica del sistema acusatorio, se transforma igualmente para mostrarse como un funcionario que debe cumplir exigencias distintas a las comúnmente aceptadas, para el adecuado desempeño de la función jurisdiccional.