Los bienes que constituyen el patrimonio de una persona, pueden ser de diversa índole y acorde con la doctrina jurídica, pueden tener diversas clasificaciones, pero con el avance de las tecnologías de la información y la comunicación, se ha reconocido una nueva categoría de bienes, denominados, “bienes binarios”, aquellos de los cuales ejercemos la propiedad y/o la posesión y que se albergan en un espacio virtual, siendo uno de los más comunes, el ciberespacio, por ello, resulta indispensable, el reconocimiento de esta nueva clasificación de bienes y en consecuencia, una regulación jurídica adecuada, en el aparato normativo que rige nuestro país.