El derecho disciplinario no cuenta con el desarrollo de elementos dogmáticos que hagan efectiva su operatividad. Bajo ese supuesto, la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la Corte Interamericana de Derechos Humanos se han pronunciado al respecto, en el sentido de determinar que los principios garantistas del derecho penal deben ser retomados por el derecho disciplinario de acuerdo con su naturaleza.