Los derechos humanos de las víctimas y la atención integral a las mismas que ahora se demanda, han despertado interés y relevancia en las últimas décadas, especialmente durante el siglo XX, particularmente desde la Segunda Guerra Mundial y ahora en el siglo XXI con las trascendentales reformas constitucionales que se suscitaron en México en los años 2000, 2008 y 2010. La dinámica de los sistemas de justicia fue durante muchos años la de abstenerse de brindar un tratamiento igualitario entre inculpados y víctimas, siendo ésta última la parte que menos le interesaba al Estado visibilizar en un proceso penal. Actualmente, a nivel mundial las tendencias legislativas se caracterizan por incorporar mecanismos que aseguran una protección integral de la víctima y acentúan su intervención a lo largo de todo el proceso, procurando con ello lograr una posible reparación del daño para la víctima; sin embargo, las acciones realizadas no han sido suficientes, las víctimas continúan sin recibir atención, ya sea jurídica, médica o psicológica, o bien, el trato que reciben por parte de los servidores públicos en muchas de las ocasiones es agresivo, generando con ello la revictimización de la víctima y convirtiéndose en un factor de incremento de la impunidad y la corrupción. De lo anterior se desprende la importancia de contar con normatividad e instituciones creadas desde la perspectiva del garantismo victimal; ello implica que se ponga como foco de atención a la persona que sufrió a consecuencia de un hecho delictivo y que lo que más necesita es ser escuchada y atendida por las autoridades, y más importante, que se le haga justicia, que sus derechos sean efectivos.