EL MANUAL PRÁCTICO DE LA ETAPA DE INVESTIGACIÓN DEL DERECHO PENAL ACUSATORIO, CONFORME AL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES es un libro en el que vengo trabajando desde el año 2014 y que, sin duda, ha tenido muy buena aceptación para la comunidad jurídica en el país, por ello continuamente lo actualizo para tomar en consideración que la mismisidad en la que nos encontramos los operadores sea perenne y con el criterio lógico
Toda investigación tiene una metodología, de lo contrario dejaría de ser seria e incluso podría perderse el estilo de una investigación precisamentem por carecer de metodología, implicando en un desorden, y un sin sentido, pero en el caso concreto se trata de la libertad de un imputado, de la reparación del daño de una víctima, donde debe trabajarse con metodología, y yo establezco en este libro la teoría del caso, que es el aspecto metodológico bajo el cual las partes trabajamos
Cuando metodológicamente trabajamos es más sencillo integrar una carpeta de investigación o un cuadernillo, porque se acortan los tiempos y las disyuntivas que pudieran existir como distractores
Este manual práctico de la etapa de investigación es un libro básico para los operadores que deseen aprender con lógica en sus intervenciones, pues en él propongo casos reales que deben ser de solución inmediata con la intención superior de que del lado donde nos encontremos laborando hagamos actuaciones lógicas, pertinentes y con una exposición argumentada
Como sabemos, la investigación se divide en inicial y
complementaria y cada una tiene peculiaridades
trascendentales, pero la inicial sustenta la complementaria,
ya que de los actos de investigación inicial se ponderan
los criterios que permiten pasar a un buen sustento
y discernimiento de la investigación complementaria
Dentro de la investigación inicial valuamos mucho la
intervención del sujeto procesal, denominado policía,
mismo que puede fungir como el primer respondiente
o como dice el actual manual de trabajo del programa
de análisis criterios jurisprudenciales: el efectivo
Quien sus actuaciones son revisadas con lupa
debido a su trascendencia
Pero también para la investigación el 28 de febrero
de 2018 se modifican los formatos del informe policial
homologado para hacerlos, desde luego, más prácticos
y de vital importancia para los sujetos de investigación,
pues los ocho formatos tienen veracidad para la
aplicación en el mundo real
Todo ello, naturalmente, se encuentra explicado en este
manual práctico de la etapa de investigación, que tengo
como pretensión superior que haga de lo más dinámico
el proceso penal acusatorio
He sustentado desde el año 2014 que las audiencias
iniciales con detenido deberán celebrarse por los
supuestos de flagrancia, caso urgente o por el
cumplimiento a una orden de aprehensión, sin embargo
en esta última fui criticado por muchos jueces en los
Estados de la república porque decían que no era posible
celebrar una audiencia de control de legal detención
tratándose por cumplimiento a una orden de aprehensión;
no obstante, lo desarrollo en este libro desde entonces,
y que el 17 de junio de 2016, al agregarse un tercer
párrafo al artículo 308 del Código Nacional de
Procedimientos Penales, se especifica que deberá
celebrarse la audiencia de control de la legalidad
de la detención por cumplimiento a una orden de
aprehensión, así como la tesis aislada de fecha: viernes
16 de febrero de este año, en el entendido de que mi
posición siempre ha sido esa y agradezco que
se esté apoyando lo que razonadamente vengo planteando
Así, en esta cuarta edición hago precisiones actualizadas,
pero también aumento un capítulo donde hablo del
procedimiento especial como es el caso del procedimiento
abreviado, los elementos fundamentales para que se dé,
desde luego, bajo la lógica procesal
El procedimiento abreviado en algunos lugares se ha
estado desnaturalizando pues para el efecto de concederlo
debe sujetarse a una serie de protocolos del superior
jerárquico, pues tenemos contradicciones inherentes
a que, si se otorga una disminución a la pena hasta el
porcentaje que la ley establece, o la palabra hasta
semánticamente da pauta a la arbitrariedad de dar
un día, unas horas de reducción de la pena por optar
por el procedimiento abreviado
El procedimiento abreviado implica una razonabilidad
en los criterios de aceptación, mismos que denoto
y hago invitaciones en el capítulo correspondiente,
siempre con el propósito del desempeño fehaciente
del procedimiento penal acusatorio, pues debemos propiciar
que siga funcionando de la mejor manera
Cuando revisamos el caso en particular y que, desde la razón
misma del proceso, se advierte lo viable de optar por el
procedimiento abreviado, al imputado y su defensor
les recomendamos que lo acepten por ser el caso de ya
no poder litigar más en el particular, e incluso de no ser
más perjudicial para el imputado
Es pertinente que la misma lógica del procedimiento
abreviado revista beneficiar a quien admita ser
juzgado bajo esta figura del procedimiento especial,
sin embargo, deberá ser algo sumamente atractivo para
ser consensuado, por ello, implica que sea una razonabilidad
el peticionarlo y, en su caso, ofrecer el procedimiento abreviado,
tratándose de la complementación esencial de revisar que no
existirá el desahogo probatorio, pero que también deberá
revisarse por las partes estratégicamente el porqué optar
por el procedimiento abreviado
Además, en este capítulo nuevo agrego algunos supuestos
por los que puede negarse la aplicabilidad del procedimiento
abreviado, pero también de cuándo debe ser solicitado
para el efecto de poder continuar con el propósito
por parte de la defensa, en su caso por qué debe
ser propuesto por la fiscalía, notando la
pertinencia de los criterios
Esta cuarta edición fue concluida el 9 de marzo de
2018 en la sombra de un gran escenario de Oaxaca como
es Monte Albán, gustando del aroma del pasto
y frescura del
amanecer, uniéndome a la inspiración razonada y
pensamiento de mis compatriotas