En una trilogía de derechos humanos he escrito Dimensión Jurídica de los derecho humanos, Perspectiva de género y libertad personal (Hidalgo, 2017) y ahora, tienes en tus manos Libertad de expresión y derecho de expresión. Tres libros complejos de tres temas polémicos.
No quiero adentrarme al siglo XXI sin decir lo que creo que debe decirse al respecto de los derechos humanos, cuando estos derechos quieren ser interpretados al arbitrio de los jueces de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos y la Suprema Corte de Justicia de la Nación, cuando el derecho se interpreta ajeno a valore, cuando las leyes se conciben sin respetar a la persona humana fundamento de los derechos y, por ende, razón de la ley y del derecho.
En este tercer libro he analizado el derecho de expresión desde el falso concepto de libertad de expresión. Sin renunciar a la libertad que todos tenemos por el hecho de ser personas libres, en sociedad esa libertad es derecho de libertad, esto es, una libertad limitada por el bien común, el orden público, la moral pública. Pero, no un bien común contrario al bien común, ni una moral y orden público contrario a la moral y al orden público, como se ha sostenido en la Jurisprudencia. Es que la persona libre es libre en sociedad. Es que la persona libre es libre en democracia. Es que la persona libre es libre y social, es libre y moral, es libre y ansiosa de verdad en la expresión, de verdad en la opinión , de verdad en la información.