Los llamados derechos de la audiencia tienen un itinerario corto pero no por ello poco profundos. El término “audiencia” en materia de las libertades informativas está situado en el grupo de personas susceptible a recibir un mensaje por parte de los medios de comunicación. No sólo se entiende como un grupo que escucha, sino también el término se extiende a un grupo que lee, observa o mira, o que recientemente se hace de información en las nuevas plataformas digitales.